Duración de los Derechos Patrimoniales

22nd abril 2020
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22nd abril 2020 José Maria Esteva Troncoso

Lo primero que hay que saber es, en qué consiste el derecho patrimonial sobre una obra. Es el derecho que tiene el autor de una obra de disponer de ella a título gratuito u oneroso que incluye la potestad de autorizar o prohibir la reproducción, traducción, modificación, distribución, comunicación y proyección de su obra.

Uno pensaría que las obras son propiedad de su autor durante toda su vida natural. No obstante, y dependiendo del tipo de obra de que se trate, este derecho puede exceder la vida natural del autor y en ocasiones, ser menor.

En las obras literarias (libros y colección de libros) el derecho patrimonial dura toda la vida del autor, luego este derecho pasa al cónyuge del autor, o sus herederos por un periodo de cincuenta (50) años luego del fallecimiento del autor.

Para los demás tipo de obras existen plazos que son menores a la vida natural de su autor, la cuales citamos para su mejor ilustración:

  • Obras anónimas 50 años.
  • Obras colectivas 50 años y programas de computadoras
  • Fotografías 50 años
  • Obras audiovisuales 70 años
  • Intérpretes y ejecutantes de una obra 50 años
  • Fonogramas 50 años

Los plazos citados empezarán a correr a partir de la publicación o ejecución de las obras. Una vez transcurrido estos plazos o si el autor no tiene descendencia, la obra pasa al “dominio público”, lo que implica que puede ser utilizada y reproducida libremente sin que nadie pueda impedirlo. 

Este derecho patrimonial tiene limitaciones, esto es: que existen usos permitidos que no comprometen la responsabilidad de quien los realiza y son los siguientes:

  • Citar de fragmentos de una obra dentro de otra obra. En dicho caso, debe identificarse el nombre del autor de la cita, título y demás información que permitan identificar la obra de donde se obtuvo la cita.
  • Educativos.
  • Informativos, noticiosos siempre que no se haya prohibido expresamente su uso con esos fines.
  • Reproducir para  uso personal, en el ámbito doméstico y sin fines de lucro.  

Lo anterior, es un pequeño resumen de lo que establece la ley 65-00 sobre el Derecho de Autor  y los temas aquí tratados. En caso de que desean mayor detalle o tengan un caso específico que comentar les invitamos a ponerse en contacto con nosotros.