De interés para empresas importadoras de productos desde China
A finales del año 2019, el tribunal Supremo de la República Popular China dictó una sentencia que permite a los titulares de marcas registradas en la China, impedir que empresas de manufactura usen marcas registradas en China para identificar productos que serán vendidos en otras jurisdicciones, en la especie en la República Dominicana.
¿Cómo afecta esto al comerciante importador dominicano? Sabemos que muchos importadores se valen de empresas en China para producir productos que serán vendidos en la República Dominicana, persiguiendo una calidad y precios que le permiten competir con marcas ya establecidas en el mercado local. Estos productos se identifican con marcas que son creadas por el importador local y que en ocasiones registra localmente en la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI).
Las empresas de manufactura chinas que conocen del criterio del Tribunal Supremo Chino, se han dedicado a registrar EN CHINA las marcas de los importadores dominicanos. Ese registro obliga al importador a mantener una relación comercial obligada donde habría poco o ningún espacio para negociación, al tiempo que le impide utilizar los servicios de otra fabrica en caso de que desee diversificar su cartera de proveedores o simplemente porque ha encontrado mejores condiciones.
¿Cual es la intención de esta nota? Invitar a las empresas que importan productos desde la China a que registren esas marcas en China y así eviten inconvenientes, retrasos y eventuales pérdidas de negocios. En Admarca contamos con una red de proveedores preclasificados que colaboran con nosotros en el proceso de obtención de registros de marcas en la República Popular China, impidiendo así ser victimas de la maniobras antes mencionadas.
Atentamente,
José María Esteva Troncoso.